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UNIDAD DE FORMACIÓN

Unidad de Formación

Artículo 42. La Unidad de Formación de las empresas de propiedad social directa indirecta comunal tiene las siguientes funciones:

 

1-En articulación con el órgano coordinador, desarrollar programas para formación y capacitación ético-política y técnico-productiva para los y las integrantes de la organización socioproductiva y de la comunidad o las comunidades, así como para la acreditación de saberes y conocimientos, para suministrar las herramientas necesarias para la construcción del modelo socialista.

 

2-Implementar mecanismos dirigidos a intercambiar tecnología, conocimientos y saberes para obtener mayor eficacia, eficiencia y efectividad en la producción e intercambio de bienes y la prestación de servicios.

 

3-Generar procesos de acompañamiento social integral mediante la asesoría técnica y financiera de proyectos socioproductivos.

 

4-Articular redes socioproductivas como sistemas de integración entre las comunidades y la organización socioproductiva.

 

5-Las demás que se establezcan en las leyes, reglamentos y resoluciones.

 

 

 

Fortalecimiento deL PROCESO ADMINISTRATIVO para el control de inventarios en la EPS Textil Antonio José de Sucre de la parroquia San Juan. CARACAS- DISTRITO CAPITAL.

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